Dos modalidades:
Tipo de interés técnico anual en vigor hasta el 30 de Junio del 2024.
El principal atractivo de este producto es que está EXENTO DE TRIBUTACIÓN en el IRPF por los rendimientos generados, siempre que se cumplan los siguientes requisitos exigidos legalmente para los planes de ahorro a largo plazo:
Existe la posibilidad de cancelar el producto antes de los 5 años, pero siempre realizando disposiciones totales y perdiendo, en tal caso, la exención fiscal sobre los rendimientos acumulados.