Pago de una pensión mensual al menor inscrito en caso de muerte o invalidez permanente y absoluta de la persona asegurada.
Consiste en el pago de una renta mensual por cada persona inscrita a la que se desea proteger ante la situación de necesidad económica provocada por la defunción o invalidez permanente y absoluta de la persona asegurada.
El pago de la pensión empieza a partir de ser concedida por la Mutualidad y finaliza cuando la persona inscrita llega a la edad final fijada en el contrato, que como máximo puede ser de 28 años de edad.
Esta prestación la podrán suscribir los asegurados desde los 20 años y que aún no hayan cumplido los 62 años.