Plan de Ahorro Tax Free SIALP

¡El mejor ahorro es lo que no tributa! ¡Invierte en nuestro Plan de ahorro y dispone de ventajas fiscales!

Contrata

Modalidad de inversión

Modalidad de ahorro a tipo de interés garantizado revisable trimestralmente con exención fiscal a los 5 años. Elige entre dos modalidades de aportaciones: única y/o periódica. Inversión máxima anual de 5.000 euros/año.

2,25%

El tipo de interés técnico anual para la modalidad única, hasta el 30 de junio de 2025. Para la modalidad periódica, el 3% anual.

1/6

Este número es indicativo del riesgo del producto, siendo 1/6 indicativo de menor riesgo y 6/6 de mayor riesgo

Características y Condiciones

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Importe Mínimo

Aportación mínima de 30€/mes. Máxima anual de 5.000€.

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Método de valoración

Revisión trimestral del tipo de interés neto garantizado.

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Garantía de capital

Capital invertido garantizado.

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Plazo de inversión

Plazo de inversión recomendado 5 años para obtener exención fiscal.

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Liquidez

Disponibilidad de entradas y salidas en cualquier momento (si la salida es antes de los 5 años se pierde la exención fiscal).

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Comisiones

Comisión de gestión de 0.50% anual.

Aspectos clave

Exento de tributación

Este producto está exento de tributación en el IRPF por los rendimientos generados, siempre que se cumplan los requisitos exigidos legalmente.

Seguro Vida-Ahorro

Esta modalidad se estructura como un seguro de vida-ahorro que, en caso de fallecimiento del asegurado, el beneficiario recibiría el saldo acumulado en el plan más un 1,5% adicional del mismo.

Assessors

Nuestro equipo de consultoría te informará de la solución que mejor se adapte a tus necesidades.
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FAQ - Preguntas frecuentes

1. ¿Qué diferencia existe entre un SIALP y un CIALP?
Un SIALP, es un Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo, mientras que un CIALP es un Cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo. Fiscalmente no existe diferencia alguna entre ambas formas de ahorro.
2. ¿Qué ocurre si necesito disponer del dinero antes del quinto año?
Existe la posibilidad de cancelar el producto antes de los 5 años, pero siempre realizando disposiciones totales y se pierde, en este caso, la exención fiscal sobre los rendimientos acumulados. En esta situación, los rendimientos acumulados hasta la fecha del rescate tributarán en el IRPF en la base imponible del ahorro y tendrán la consideración de rendimientos del capital mobiliario.
3. ¿Puedo realizar aportaciones superiores a 5.000 euros anuales aunque no aproveche la ventaja fiscal?
La legislación vigente sólo permite realizar aportaciones anuales como máximo de 5.000 euros, nunca por encima de esa cantidad.
4. ¿Puedo tener varios SIALP en diferentes entidades?
La legislación vigente sólo permite tener contratado un producto SIALP o CIALP por persona o NIF.
5. ¿Puedo movilizar a mi SIALP o CIALP que tengo en otra entidad?

Efectivamente, la legislación vigente permite realizar movilizaciones o traspasos de estos productos de ahorro entre diferentes entidades.

Se puede movilizar de un CIALP a un SIALP a un CIALP, y al revés.

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Servicios adicionales

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