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Esta prestación garantiza el pago del capital suscrito en caso de muerte o de invalidez permanente y absoluta del asegurado. Opcionalmente también se puede contratar el reembolso del coste de prótesis implantada.

Por ejemplo, un capital de 100.000 euros para una persona de 35 años tiene un coste mensual de 6,12 euros.

 

Cómo funciona?

En caso de fallecimiento o de invalidez permanente y absoluta del asegurado, La Mutua pagará el capital asegurado. La duración de la prestación es anual y se renueva automáticamente, excepto por rescisión de alguna de las partes.

Las cuotas anuales por cada 10.000 euros de capital asegurado son las siguientes (hasta la edad de 66 años, incluye defunción e invalidez permanente y absoluta, y a partir de 67 años únicamente defunción):

EDAD CUOTA * EDAD CUOTA * EDAD CUOTA * EDAD CUOTA *
15 1,53 32   5,41 49   38,26 66 205,60
16 2,61 33   5,89 50   43,22 67   82,79
17 2,94 34   6,48 51   47,94 68   90,15
18 2,91 35   7,20 52   53,10 69   98,45
19 3,03 36   8,00 53   58,71 70 107,86
20 3,17 37   8,87 54   64,81 71 118,60
21 3,31 38   9,86 55   71,43 72 130,91
22 3,50 39 10,92 56   78,68 73 145,02
23 3,69 40 12,17 57   86,62 74 161,16
24 3,88 41 13,61 58   95,34 75 179,56
25 3,72 42 15,42 59 104,90 76 200,48
26 3,89 43 17,55 60 115,42 77 224,23
27 4,10 44 20,05 61 126,99 78 251,21
28 4,28 45 23,05 62 139,72 79 281,92
29 4,47 46 26,20 63 153,78    
30 4,72 47 29,78 64 169,31    
31 5,03 48 33,77 65 186,51    
* No se incluyen impuestos.
Cuotas aplicables con carácter general a las nuevas suscripciones o ampliaciones de importes asegurados; en ambos casos se pueden tener que establecer sobreprimas si se dan circunstancias que agraven el riesgo. Si quiere conocer exactamente su cuota póngase en contacto con nosotros.

 

Contratación

Esta prestación la podrán suscribir los asegurados que tengan como mínimo 15 años y que todavía no hayan cumplido los 45 años.

La cobertura de fallecimiento se extingue por fallecimiento del asegurado, por pago del capital asegurado por invalidez cuando el importe asegurado en invalidez es el mismo que en vida, o cuando el asegurado cumple los 80 años. La cobertura por invalidez se extingue por pago del capital por invalidez o cuando el asegurado cumple los 67 años.